Corte d’appello di Bari, sez. lavoro, sentenza 2 maggio 2024, n. 667

Prestación por asistencia a centros desde la revisión: decisivo el nuevo peritaje en apelación

Escena ilustrativa: Un progenitor y un médico revisan documentos clínicos junto a una mochila escolar.
Generada con IA

La fecha del examen pericial no coincide necesariamente con el inicio de los requisitos de una prestación asistencial. En la sentencia n.º 667, de 2 de mayo de 2024, la Corte de Apelación de Bari reconoció la prestación por asistencia a centros desde la revisión, adelantando los efectos fijados en primera instancia sobre otra valoración médico-legal.

El Tribunal había reconocido el derecho desde el 12 de septiembre de 2022, fecha del examen pericial en que situaba la aparición de signos de agravación. La apelación impugnaba esa fecha y reclamaba desde la suspensión. El asunto concernía a un menor; reproducir sus diagnósticos no es necesario para explicar la cuestión jurídica.

La Corte acordó un nuevo peritaje que revisó la documentación y situó el requisito médico ya en la revisión del 7 de septiembre de 2020. Aceptó sus conclusiones por considerar completa y correcta la valoración, sin defectos lógicos o metodológicos que impidieran asumirla.

Estimando el recurso en ese extremo, reconoció el derecho desde el 7 de septiembre de 2020 y no desde el 12 de septiembre de 2022. Condenó al INPS a las mensualidades y accesorios dentro de los límites legales, así como a las costas de ambas instancias y del peritaje.

Los honorarios se incrementaron un 10 % por la utilidad de los hipervínculos. La decisión presenta dos aspectos: la prueba de la fecha correcta del requisito médico mediante una nueva pericia y la valoración de técnicas de redacción digital que facilitaron consultar los documentos.

Ver la resolución judicial (PDF) ↗

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Asistencia jurídica y citas

En el ámbito del derecho civil y laboral, me dedico principalmente a la seguridad social y la asistencia social en Italia, en litigios frente al INPS y al INAIL: pensiones y prestaciones italianas de invalidez civil, la prestación ordinaria de invalidez, las prestaciones por necesidad de asistencia de otra persona y por asistencia a centros educativos o de rehabilitación, la exención del copago sanitario, la Tarjeta Europea de Discapacidad (Disability Card), la inserción laboral de personas con discapacidad, la ceguera, la sordera, el reconocimiento de la discapacidad, los accidentes de trabajo y las enfermedades profesionales. Más información

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