Tribunale di Foggia, sez. lavoro, sentenza 4 aprile 2023, n. 1146

Ingresos registrados en la cuenta de seguridad social: se protege la confianza en la prestación

Escena ilustrativa: Revisión de documentos de ingresos y datos de una pensión.
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El conocimiento efectivo de los ingresos por el INPS puede ser decisivo aunque no se pruebe una comunicación específica del beneficiario. En la sentencia n.º 1146, de 4 de abril de 2023, el Tribunal de Foggia utilizó los datos de la cuenta de seguridad social para excluir la recuperación de prestaciones por invalidez civil.

El litigio afectaba a 6.890,16 euros abonados del 1 de enero de 2020 al 31 de diciembre de 2021. El INPS había recalculado la prestación según los ingresos y ofrecido el reintegro mediante cuotas mensuales. La demandante sostenía que el organismo ya conocía sus rentas.

El juez recordó la confianza legítima protegida en los cobros indebidos asistenciales y la relevancia de una eventual conducta fraudulenta. Según su razonamiento, el pago no podía imputarse a la demandante si el organismo disponía de la información necesaria para verificar el requisito económico.

No se había probado el envío de los certificados anuales de ingresos en los términos alegados. Sin embargo, el Tribunal constató que sus importes coincidían con los de la cuenta de seguridad social. De esa correspondencia dedujo el pleno conocimiento por el INPS.

La demanda fue estimada, los 6.890,16 euros declarados no reintegrables y el organismo condenado en costas. La aportación de la sentencia reside en distinguir entre probar un trámite concreto de comunicación y acreditar que los datos ya estaban disponibles para la Administración. En este caso, lo segundo bastó para proteger la confianza legítima.

Ver la resolución judicial (PDF) ↗

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https://studiolegalecelentano.com/es/noticias/rentas-ya-conocidas-por-el-inps-e-importes-no-reintegrables

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En el ámbito del derecho civil y laboral, me dedico principalmente a la seguridad social y la asistencia social en Italia, en litigios frente al INPS y al INAIL: pensiones y prestaciones italianas de invalidez civil, la prestación ordinaria de invalidez, las prestaciones por necesidad de asistencia de otra persona y por asistencia a centros educativos o de rehabilitación, la exención del copago sanitario, la Tarjeta Europea de Discapacidad (Disability Card), la inserción laboral de personas con discapacidad, la ceguera, la sordera, el reconocimiento de la discapacidad, los accidentes de trabajo y las enfermedades profesionales. Más información

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