Tribunale di Foggia, sez. lavoro, sentenza 11 settembre 2024, n. 2328
Notificación por vencimiento del depósito postal: se protege la mensualidad ya pagada, no las posteriores

No recoger una comunicación no impide necesariamente que la notificación produzca efectos. La sentencia del Tribunal de Foggia n.º 2328, de 11 de septiembre de 2024, examina la recepción presunta al vencer el plazo de depósito postal y distingue una mensualidad ya abonada de las posteriores.
Tras una revisión médica, el INPS reclamó 4.201,36 euros por febrero a septiembre de 2022. La parte demandante discutió inicialmente la notificación. A la vista de los documentos aportados por el organismo, reconoció durante el proceso que había surtido efecto por vencimiento del depósito el 22 de febrero de 2022.
El Tribunal citó la presunción de conocimiento del artículo 1335 del Código Civil italiano. Acreditada la llegada a la dirección del destinatario, resulta relevante probar una imposibilidad no imputable de conocer el acto. No basta, en todo supuesto, afirmar que no se retiró materialmente la carta certificada.
La mensualidad de febrero se había pagado antes de surtir efecto la notificación. A falta de prueba contraria, el juez entendió que se había abonado en los primeros días del mes y declaró no reintegrables los 525,17 euros correspondientes.
La demanda fue desestimada en lo demás, asumiendo cada parte sus costas. No se anuló toda la recuperación: se protegió la mensualidad ya cobrada y se distinguieron los pagos posteriores, respecto de los cuales el Tribunal consideró extinguida la confianza en la continuidad del derecho.
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